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La Justicia avala la multa de 25.000 euros a un catering por cofia solo para mujeres

Redacción El Comunicación · 4 de noviembre de 2026 a las 15:39

En 20 segundos

  • El tribunal rechaza el recurso de la empresa y mantiene la sanción de 25.000 euros.
  • La cofia se exigía solo al personal femenino, sin causa objetiva, según la sentencia.
  • Contra la decisión cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) avala la multa de 25.000 euros a un catering de Valencia que exigía cofia solo a sus empleadas. Para los magistrados hay discriminación por sexo, y la sentencia aún puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.

Imagen de archivo · Foto: Pere López · CC BY-SA 3.0 · Wikimedia Commons

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha rechazado el recurso de una empresa de catering y mantiene la sanción de 25.000 euros. La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, confirma que la firma discriminó por razón de sexo al obligar solo a sus empleadas a usar cofia o diadema. Según los magistrados, la prenda se impuso «por meras razones estéticas o de imagen».

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la firma exigió a su personal femenino esa prenda además del uniforme. La Inspección de Trabajo levantó un acta por falta muy grave en enero de 2023. Las 18 empleadas que se negaron quedaron suspendidas de empleo y sueldo durante 14 días, según denunció UGT.

La Generalitat, mediante su Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, impuso la sanción. La empresa recurrió y el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del año pasado. Ese juzgado destacó que la firma rectificó días después, cuando ya había sido citada: anuló las sanciones y avisó al comité de empresa de que dejaba de usar la prenda.

El TSJCV concluye que la prenda «carecía de causa objetiva». Según el fallo, no hace falta que la empresa quisiera discriminar: lo decisivo es que el trato cambiaba según el sexo.

El tribunal aplica la doctrina del Tribunal Supremo sobre uniformes diferenciados por sexo. Una prenda solo femenina, sin alternativa para ellos ni motivo objetivo, puede vulnerar la igualdad.

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Fuentes: El Mundo, Rioja2.

Elaborada con IA a partir de 2 medios · Responsabilidad editorial: El Comunicación

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