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Quién paga las averías de un piso de alquiler si cambia el decreto de vivienda temporal

Redacción El Comunicación · 2 de noviembre de 2026 a las 10:13

En 20 segundos

  • El dueño paga las reparaciones necesarias para que la casa sea habitable; el inquilino, las pequeñas por desgaste.
  • Un decreto pendiente de convalidación pasa al dueño también las pequeñas reparaciones en el alquiler temporal.
  • Si el dueño no responde a un presupuesto por escrito, el inquilino puede hacer la obra y descontar su coste.
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Quién paga una avería en un piso alquilado depende de su origen, según el abogado Alberto Torres. Un decreto pendiente de convalidación cambia el reparto solo en la vivienda temporal.

Quién paga una avería en un piso alquilado depende de su origen. Así lo explica el abogado Alberto Torres, del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. La Ley de Arrendamientos Urbanos obliga al dueño a reparar lo necesario para que la casa sea habitable, mientras el inquilino paga los arreglos por desgaste y los daños por mal uso.

Un grifo que gotea o una junta gastada corren por cuenta del inquilino. Una tubería deteriorada o una instalación vieja son responsabilidad del propietario. Un fallo en el cableado eléctrico también es del dueño.

Si hay desacuerdo, Torres recomienda avisar por escrito, con burofax o correo con acuse. Un decreto en trámite cambia el reparto solo en el alquiler temporal: el nuevo artículo 21 bis pasa al arrendador también las pequeñas reparaciones. Es el RD-Ley 29/2026, pendiente de convalidación en la Diputación Permanente del Congreso.

Si la avería afecta a la habitabilidad, la seguridad o la salubridad, el inquilino puede exigir la reparación por escrito con un presupuesto razonable. El dueño tiene quince días naturales para aceptarlo o hacer la obra; en el temporal, el plazo baja a cinco días hábiles. Si no responde, el inquilino puede hacer el arreglo y descontar el gasto de futuras rentas.

Si la obra deja la casa inhabitable, el artículo 26 de la LAU permite no pagar renta durante los trabajos o rescindir el contrato sin indemnización.

Qué dicen otros medios

Fuentes: Rioja2.

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Elaborada con IA a partir de 1 medio · Responsabilidad editorial: El Comunicación

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