Las bajas médicas se calcularán con dos meses de cotización desde diciembre
Redacción El Comunicación · 1 de noviembre de 2026 a las 07:00 · Actualizada 2 de noviembre de 2026 a las 11:02
En 20 segundos
- Desde diciembre, la baja médica se calculará con la cotización de dos meses antes.
- Quien cause baja en diciembre de 2026 usará la base de octubre, no la de noviembre.
- Dos supuestos nuevos no exigirán 180 días cotizados: menopausia y violencia de género.
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Desde el 1 de diciembre cambia el cálculo de la baja médica en España, tanto para asalariados como para autónomos. El cambio afecta a la base con la que se calcula la prestación por incapacidad temporal, que pasa a tomar la cotización de dos meses antes del inicio de la baja.

El cambio en las bajas médicas empieza el 1 de diciembre y alcanza a asalariados y autónomos. Lo anunció el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, según informa Diario de Sevilla.
Hasta ahora, la base reguladora se calculaba con la cotización del mes anterior a la baja, dividida entre 30. Con la nueva norma, el periodo de referencia retrocede un mes: quien cause baja en diciembre de 2026 tendrá en cuenta la cotización de octubre. Según el ejemplo del diario, con 1.800 euros en octubre y 1.950 en noviembre, la prestación sería inferior con el nuevo criterio. Si la cotización del mes de referencia es más alta, el resultado puede ser favorable.
Quien se diera de alta el mes anterior a la baja tendrá en cuenta la cotización de ese mismo mes. Si el alta y la baja se producen en el mismo mes, la base se calculará con los días cotizados hasta la víspera de la baja. La norma es el Real Decreto-Ley 31/2026, de 20 de octubre, que modifica el artículo 171 de la Ley General de la Seguridad Social.
La ministra Elma Saiz anunció, además, dos nuevas situaciones de incapacidad temporal. La primera abarca a las mujeres que sufran patologías incapacitantes ligadas a la menopausia. La segunda beneficiará a quienes hayan padecido violencia machista y presenten lesiones que les impidan desempeñar su trabajo. En ninguno de los dos casos será necesario acreditar 180 días cotizados en los últimos cinco años, y la prestación equivaldrá al 60% de la base reguladora, elevándose al 75% a partir del día 21.
Saiz afirmó que la medida protege a una parte muy amplia de la fuerza laboral, ya que las mujeres afiliadas a la Seguridad Social superan los 10 millones y medio. Los cambios entrarán en vigor en el último mes de 2026.
Qué dicen otros medios
Fuentes: Diario de Sevilla.
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Elaborada con IA a partir de 1 medio · Responsabilidad editorial: El Comunicación
