El Supremo fija que las secuelas de un accidente se valoren en conjunto
Redacción El Comunicación · 1 de noviembre de 2026 a las 08:30 · Actualizada 2 de noviembre de 2026 a las 11:02
En 20 segundos
- El Supremo fija que las secuelas de un accidente se valoren en conjunto, aunque estén en partes distintas.
- El caso es un atropello ocurrido en Ponferrada en 2016, con lesiones permanentes en el brazo y la pierna.
- La víctima obtiene más de 560.000 euros de indemnización, según Diario de León.
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El Tribunal Supremo ha fijado que las lesiones de un accidente de tráfico se valoren en conjunto, aunque afecten a partes distintas del cuerpo. La decisión puede subir las indemnizaciones en casos futuros con varias secuelas permanentes.

El Tribunal Supremo ha establecido que, en los accidentes de tráfico, las lesiones permanentes deben valorarse también por cómo se agravan unas a otras, aunque estén en partes distintas del cuerpo. La decisión figura en la sentencia 1203/2026 de la Sala Primera, fechada el 17 de julio. Según Legalteca, la revista jurídica de Aranzadi La Ley, es la primera vez que el alto tribunal interpreta el concepto de secuelas interagravatorias del artículo 99 de la ley del seguro de vehículos a motor.
El caso nace de un atropello en Ponferrada el 19 de marzo de 2016. La víctima sufrió lesiones permanentes en el brazo y la pierna derechos: una afectación del plexo braquial y otra del nervio peroneo común, que le provocaba cojera y le obligaba a caminar con bastón. La Audiencia Provincial de León había rechazado que ambas se agravaran entre sí, al tratarse de extremidades y funciones diferentes.
El Supremo sostiene que no basta con mirar dónde está cada secuela. Hay que comprobar si las dos afectan a una función común y si, juntas, producen una agravación significativa. En este caso, la pierna dificultaba la marcha y el brazo podía afectar al equilibrio y la coordinación. La víctima obtiene una compensación superior a 560.000 euros, a la que se suman 300.000 euros de intereses por demora, según Diario de León.
Los abogados Luis y Daniel García, del despacho de Ponferrada que llevó el caso, aclaran que la regla no es automática. Hay que demostrar la agravación con pruebas médicas y funcionales. Legalteca, por su parte, destaca que el fallo puede servir de guía en otros procedimientos con varias secuelas permanentes.
Qué dicen otros medios
Fuentes: Diario de León.
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